Requisitos del PANI y colegios profesionales para evaluaciones psicosociales de adopción

Los requisitos que deben cumplir las personas profesionales que elaboren evaluaciones psicosociales para adopción están reglamentados tanto por el PANI como por sus respectivos colegios profesionales. Además estos documentos especifican los requisitos que deben cumplir los informes elaborados para este fin. A continuación se  detalla dicha reglamentación actualizada al año 2023, año en que empiezan a regir una nueva reglamentación establecida por el Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica. 

Según el Reglamento para los procesos de ubicación con fines adoptivos y de adopción nacional e internacional del Patronato Nacional de la Infancia (Publicado en el alcance número 168 a la Gaceta número 165 del miércoles 8 de julio del 2020):

Artículo 53. -Las valoraciones sociales y psicológicas de las personas solicitantes de valoración de idoneidad potencialmente adoptiva, podrán ser realizadas tanto por profesionales de la Institución, como por profesionales que ejercen liberalmente la profesión. Las valoraciones realizadas por profesionales privados deberán cumplir con los criterios y parámetros definidos al efecto por el Departamento de Adopciones del PANI. Estos profesionales deberán estar debidamente incorporados en sus respectivos colegios profesionales y contar con un grado académico mínimo de licenciatura.

Una de las principales ventajas de optar por un informe privado es que el propio reglamento del PANI establece que el personal de esa institución tiene hasta 6 meses de tiempo para presentar su informe, mientras que los informes privados se deben presentar en un máximo de 2 meses. 

Artículo 54.- En caso de que los y las solicitantes no hayan aportado valoraciones sociales y psicológicas elaboradas por profesionales privados, el Departamento de Adopciones, una vez constatado el cumplimiento de requisitos legales y el aporte de los documentos requeridos, procederá a asignar el expediente a un equipo psicosocial que se encargará de la valoración de idoneidad respectiva.... Una vez que este equipo inicie formalmente las valoraciones correspondientes contará con un plazo no mayor de seis meses para concluirlas, emitiendo un informe con las recomendaciones sobre su criterio técnico profesional en relación con la idoneidad o no de los solicitantes para una ubicación potencialmente adoptiva.

Artículo 57.- Cuando los y las solicitantes de valoración de idoneidad para una ubicación potencialmente adoptiva aportan valoraciones sociales y psicológicas realizadas por profesionales que ejercen su profesión en forma liberal, el Departamento de Adopciones, una vez constatado el cumplimiento de requisitos legales y el aporte de los documentos requeridos, asignará el expediente a un equipo psicosocial que procederá a realizar la revisión técnica de las mismas. A partir de la asignación del expediente respectivo, este equipo contará en plazo no mayor a dos meses para realizar el análisis respectivo y la elaboración del informe psicosocial correspondiente con los resultados y recomendaciones de dicha revisión.

A medidos del año 2022 por parte del Colegio de Profesionales en Psicología empezó el proceso de acreditación de las personas profesionales interesadas en llevar a cabo evaluaciones de idoneidad mental para solicitantes de adopción, según los nuevos estándares establecidos por la institución, los cuales son de acatamiento obligatorio a partir de febrero del 2023.   



A partir de dicha fecha cuando una persona profesional en psicología elabore un informe de idoneidad para adopción, debe entregar a la pareja promovente no solamente el documento elaborado, sino además un certificado emitido por el SEDIM (Servicio de Idoneidad Mental) que acredita que el producto cumple con los requisitos solicitados por el colegio y que la persona que ha elaborado dicho informe cuenta con la certificación correspondiente  que acredita que tiene la información necesaria para esta tarea.

Como parte de la evaluación se evalúan 37 criterios de idoneidad (Vargas, 2021), los cuales se logran determinar gracias a la información recolectada por parte de entrevistas y pruebas psicométricas de personalidad, capacidad de cuido, situación familiar e inteligencia. Por parte de trabajo social la reflexión sobre capacidades y limitaciones de cara a la adopción, valoración domiciliaria y análisis económico de la familia.  


Bibliografía

▪ PANI (2020). Reglamento para los procesos de ubicación con fines adoptivos y de adopción nacional e internacional del Patronato Nacional de la Infancia. San José: Imprenta Nacional. 

▪ Vargas, A (2021). Manual orientativo del proceso de evaluación psicológica de idoneidad mental para solicitantes de adopción. San José: Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica. 

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